El SEPE ha vuelto a recordarlo alto y claro: la carencia de rentas no es un trámite puntual, sino una condición que debe cumplirse cada mes. María José Gómez, asesora de la Subdirección General de Prestaciones, advirtió en Madrid Trabaja (Onda Madrid) de que el organismo “está quitando el subsidio” a quienes sobrepasan el límite de ingresos, fijado en el 75 % del SMI, es decir, 888 € mensuales en 2025.
Qué ingresos cuentan para el SEPE al medir la carencia de rentas y por qué debes revisarlos cada mes
El SEPE considera todas las rentas “que consten en el mes anterior natural a la solicitud o prórroga”. En la práctica, se suman sueldos, alquileres, pensiones alimenticias e intereses bancarios. ¿Cobras una ayuda que ya no percibirás el mes siguiente? Entonces podrás descontarla, explica Gómez, pero tendrás que justificarlo. “Todo lo que esté en el mes pasado es lo que veremos para saber si supera o no el límite”, resumió la asesora. ¡Ojo con los plazos! La declaración responsable debe entregarse junto a la solicitud o la renovación: olvidarla puede retrasar o incluso denegar el reconocimiento del subsidio. Para ello, hay que tener en cuenta este límite de ingresos en 2025:
Salario Mínimo Interprofesional | 75 % SMI (límite mensual) |
---|---|
1 .184 € | 888 € |
Como ves, basta una paga extra, un pequeño alquiler vacacional o unas horas extra para traspasar la frontera y poner en riesgo la ayuda.
Documentos y comprobaciones que el beneficiario debe aportar para evitar la suspensión inmediata del subsidio
Repetir la declaración de rentas no es un simple formalismo. En subsidios trimestrales se presenta cada tres meses; en el de mayores de 52 años, una vez al año. ¿Qué papeles pide el SEPE?
- Declaración responsable, cumplimentada y firmada.
- Extracto bancario del último mes.
- Nóminas o justificantes de otras prestaciones.
- Contrato de alquiler, si percibes rentas inmobiliarias.
Estos documentos permiten al SEPE cruzar datos y detectar desfases. Un descuido puede implicar no solo la suspensión, sino la devolución de todo lo cobrado de forma indebida.
Consecuencias de superar el tope de rentas y cómo actuar para no perder definitivamente la ayuda estatal
Incumplir la carencia de rentas acarrea tres efectos inmediatos:
- Suspensión del subsidio desde el mes en que se detecta el exceso.
- Reclamación de cantidades: el dinero cobrado indebidamente se convierte en deuda con la Administración.
- Pérdida del tiempo consumido: ese periodo se considera gastado y no se recupera, aunque regularices tu situación.
¿Se puede reanudar la ayuda? Sí, pero solo si vuelves a situarte por debajo de 888 € y aportas la documentación que lo acredite. Por tanto, conviene revisar ingresos antes de aceptar trabajos ocasionales o vender activos. En palabras del propio SEPE: “La ocultación de rentas (…) dará lugar a que el importe percibido sea indebido”. No hay margen para sorpresas.
Mantenerse por debajo de 888 € al mes no es solo un requisito de acceso, sino la llave para conservar el subsidio. Si cobras esta ayuda, toma nota: controla tus ingresos mes a mes, guarda justificantes y presenta la declaración responsable en plazo. ¿Tienes dudas? Acude a tu oficina de empleo o consulta la sede electrónica del SEPE antes de dar el siguiente paso.